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APEDANICA propone a sindicatos y abogados laboralistas investigaciones periciales del compliance o cumplimiento preventivo en el enjuiciamiento de despidos controvertidos

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Corresponsal_Madrid 28 Mayo 2017
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COALICIÓN SINDICAL INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES (CSIT) UNIÓN PROFESIONAL, Confederación General del Trabajo CGT, Comisiones Obreras CCOO, Unión General de Trabajadores UGT, Unión Sindical Obrera USO y abogados laboralistas de empleados despedidos todavía pendientes de juicio en https://goo.gl/tpp1Jn

La asociación APEDANICA está investigando los límites y las técnicas para acceder a información sobre COMPLIANCE o del cumplimiento preventivo de empresas que ¿“dicen cumplir”? con ley norteamericana “Sarbanes-Oxley Act of 2002” SOx, normas ISO 31000 o UNE 19601.

En ciertos litigios por despidos, y hasta donde el criterio de cada juez lo permita, deberían requerirse datos sobre el cumplimiento preventivo y el testimonio de los controladores responsables de ese cumplimiento.

La lógica pericial que promueve APEDANICA es que una empresa no puede acusar de lo que pretende garantizar que no puede ocurrir. Si ocurre, es porque no está cumpliendo preventivamente. En el ámbito penal hemos investigado y vivido curiosas experiencias periciales en las que la mejor prueba exculpatoria está en los controles SOx y estamos convencidos de que las empresas que se jactan del cumplimiento preventivo deben ser requeridas judicialmente también por trabajadores despedidos que ejercen sus derechos laborales en clara desventaja, especialmente cuando están sometidos a “prueba diabólica” de hechos negativos y se ven obligados a probar que no hicieron algo indebido.

Adjuntamos un borrador pendiente de publicación sobre el derecho a la prueba frente a entidades que “dicen cumplir” SOx o normas ISO 31000 o UNE 19601 y agradeceremos la oportunidad de colaborar con los abogados que actualmente defienden a despedidos que pudieran entender bien este ofrecimiento de APEDANICA, lo antes posible.

Dr. (PhD) Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero de minas, criptólogo, criminólogo, licenciado y doctor en Filosofía, perito judicial en criminalística, presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) Teléfono (+34) 902998352 Fax: 902998379 Twitter @APEDANICA E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

COMPLIANCE JUDICIAL para policías fiscales y jueces sin más hipocresías en casos como el de COFELY GDF SUEZ y ARCELOR MITTAL (¿Odebrecht?)

© Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo, Tel. 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La asociación APEDANICA, desde su constitución en 1992, ha investigado delitos, abusos y negligencias proponiendo medidas preventivas, en cumplimiento de sus fines siguiendo la evolución de las normas y jurisprudencia críticamente, desde una perspectiva pericial práctica y operativa, interviniendo en casos judicializados.

Según Wikipedia, “la Ley Sarbanes-Oxley, cuyo título oficial en inglés es Sarbanes-Oxley Act of 2002, Pub. L. No. 107-204, 116 Stat. 745 (30 de julio de 2002), es una ley de Estados Unidos también conocida como la Ley de Reforma de la Contabilidad Pública de Empresas y de Protección al Inversionista. También es llamada SOx, SarbOx o SOA. La Ley Sarbanes Oxley nace en Estados Unidos con el fin de monitorizar a las empresas que cotizan en bolsa de valores, evitando que la valorización de las acciones de las mismas sean alteradas de manera dudosa, mientras que su valor es menor. Su finalidad es evitar fraudes y riesgo de bancarrota, protegiendo al inversor”.

Después de la Ley SOx, las normas ISO 31000 y más recientemente la UNE 19601, han dotado a grandes empresas de ciertas garantías de cumplimiento preventivo contra delitos, abusos y negligencias con más o menos culpa o dolo. Sin embargo, nuestra experiencia pericial demuestra que policías, fiscales y jueces ignoran por completo las normas que deberían facilitar el enjuiciamiento, y lo que es peor, en ciertos casos, predican y publican sobre lo que a la hora de la verdad ¿obvian?

El caso de COFELY GDF SUEZ es curioso y muy lamentable. El juez instructor de la operación Púnica, Eloy Velasco, ignoró por completo nuestra querella en la que se referencian las normas ISO 31000, publicada íntegra y con enlaces relevantes en www.cita.es/querella-cofely y www.miguelgallardo.es/querella-cofely.pdf

El mismo juez Eloy Velasco es coautor (con su esposa Beatriz Saura Alberdi)  de un libro titulado “Cuestiones prácticas sobre responsabilidad penal de la persona jurídica y compliance. 86 preguntas y respuestas”, pero no parece que al instruir la Operación Púnica se haya utilizado nada de lo planteado en nuestra querella.

El caso de Arcelor Mittal es mucho más preocupante aún porque ni policías, fiscales o jueces se han percatado en modo alguno de que las acusaciones de Arcelor Mittal contra personas físicas y jurídicas evidencian por sí mismas incumplimientos de lo que en sus propias páginas de Internet se jacta de cumplir, publicitando sus propias memorias, y lo que es peor aún, ni siquiera un tribunal de Audiencia Provincial en Oviedo entendió el dictamen pericial presentado por la defensa de un acusado en el que se solicitaba todo lo que puede verse en el punto 2ª del documento publicado en www.miguelgallardo.es/dictamen-arcelor.pdf

Arcelor Mittal no cumplió completamente con los requerimientos de la Sala de la Audiencia Provincial de Oviedo porque eludió aportar datos y documentos relevantes para el (in)cumplimiento preventivo, y tampoco asistieron todos los responsables al juicio para su interrogatorio. Pero lo más lamentable de todo es que la sentencia ignora por completo todo lo que tuviera que ver con cumplimiento preventivo o compliance o normas que Arcelor Mittal dice cumplir pero no demostró cumplir en la sentencia www.miguelgallardo.es/sentencia-arcelor.pdf      

No es el único caso en el que Arcelor Mittal se hace pasar falsamente por víctima de lo que no podría pasar si efectivamente cumpliera lo que se jacta publicando que cumple, pero no cumple. El problema es que Arcelor Mittal es capaz de movilizar docenas de policías incluso con un helicóptero en la dantesca operación “lingotes” en Zaragoza y Toledo por una denuncia anónima contra un empleado de Arcelor.  Es evidente que el Ministerio del Interior y la Fiscalía están a la total disposición de Arcelor Mittal sin cuestionar, siquiera mínimamente, si ha cumplido o no con sus propias normas. Los policías que se han movilizado, y los fiscales que han pedido prisión preventiva, deberían haber pedido antes el testimonio preciso de todos los controladores garantes del cumplimiento preventivo de Arcelor Mittal, y no solamente no parece que lo hicieran, sino que más bien parece que no tengan ni idea de compliance, mientras Arcelor Mittal se beneficia de su ignorancia negligente.

Las grandes multinacionales, capaces de corromper gobiernos enteros en docenas de países como ha hecho Odebrecht no pueden acusar basándose en denuncias anónimas y datos muy controvertibles de sus propios sistemas informáticos porque si lo hacen, cualquier error debe ser duramente sancionado por fiscales que actúen de oficio ante jueces que sean capaces de comprender lo aquí denunciado.

O bien los fiscales y jueces son muy obtusos ignorantes incompetentes (por lo que debieran ser inhabilitados), o bien son felones cómplices encubridores de una farsa en la que lo único que les interesa es dar conferencias siempre muy bien pagadas, y vender su libro sobre lo que antes deberían investigar y enjuiciar, pero ni investigan ni enjuician incluso cuando un perito se lo dice bien alto y claro, una y otra vez.

APEDANICA tiene vocación y decidida prioridad pericial para que el cumplimiento preventivo no sea un adorno propagandístico, y que las grandes multinacionales paguen muy caro cuando mienten en perjuicio de terceros, más aún si acusan.

Dr. (PhD) Miguel Ángel Gallardo Ortiz, ingeniero de minas, criptólogo, criminólogo, licenciado y doctor en Filosofía, perito judicial en criminalística, presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) Teléfono (+34) 902998352 Fax: 902998379 Twitter @APEDANICA E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.