APEDANICA denuncia a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas irregularidades del Colegio de Abogados de Madrid ICAM para fiscalización y enjuiciamiento contable

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Corresponsal_Madrid 06 Noviembre 2017
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FISCALÍA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

Atn. Fiscal de Sala Jefe : Miguel Ángel Torres Morato

y Teniente Fiscal: Luis Rueda García

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Cc: Defensor del Pueblo por Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.    

Documento en Internet www.miguelgallardo.es/fiscal-tribunal-de-cuentas-icam.pdf

 

La asociación APEDANICA está investigando indicios racionales de sistemáticas prácticas que pueden ser consideradas presunta malversación, o al menos, deberían ser objeto de enjuiciamiento contable para reintegro por alcance en el Tribunal de Cuentas, dado que los profesionales del Colegio de Abogados de Madrid ICAM “adscritos al servicio de asistencia jurídica gratuita estarían percibiendo subvenciones por servicios, supuestamente, prestados sin justificar los mismos, así como que se estarían falseando, supuestamente, las certificaciones por dichos servicios, resulta competente para conocer de los hechos denunciados, el Tribunal de Cuentas, conforme a la normativa presupuestaria en vigor”.

Considerando esa cita textual del AUTO Nº 9/2014 dictado por SALA DE JUSTICIA, entendemos que el principal problema actual para fiscalizar y enjuiciar reintegros por alcance en colegios profesionales que reciben fondos públicos o recaudan por servicios públicos, es probatorio, pese a los muy numerosos indicios de graves irregularidades contables, pero más aún, de opacidad sistemática con muy diversos pretextos. En este sentido, podemos documentar un contencioso contra la resolución del Consejo de la Transparencia RT/0031/2017 que el ICAM ha recurrido en Procedimiento Ordinario 35/ 2017, tramitado en el Juzgado Central de lo Contencioso - Administrativo nº 6 y otra reclamación de APEDANICA en www.miguelgallardo.es/transparencia-icam-enviado.pdf

 

Es también conocido el hecho de que el vicedecano y tesorero del ICAM, Manuel Valero no firma las cuentas como él mismo declara por escrito en www.cita.es/tesorero-icam.pdf

 

El ICAM ha recaudado importantes cantidades por tasaciones de honorarios requeridas de juzgados y tribunales  que admite en sus presupuestos que superan los 400.000 euros anuales con un único funcionario responsable llamado Francisco Fernández Ortega. Todos esos cobros son ilegales según sentencia del Tribunal Supremo, pero han generado un perverso negocio tasador fuera de cualquier control contable que tiene consecuencias dramáticas para las personas que no pueden afrontar costas excesivas por sobrevaloración o pluspeticiones ilegales, muy abusivas, impunemente. El funcionario Francisco Fernández Ortega ha generado una burbuja de honorarios desproporcionados porque la tasación al alza de lo que se le requiere judicialmente supone mayores ingresos para el ICAM y muy probablemente para él mismo personalmente por incentivos ilegales indiciarios de presunta prevaricación administrativa incluso en casos en los que los honorarios tasados por el ICAM afectan a beneficiarios de la Justicia Gratuita, como ha ocurrido con el aquí denunciante según se comprende con los documentos publicados,con anexos relevantes, en:

http://www.miguelgallardo.es/fiscal-honorarios-icam.pdf

http://www.miguelgallardo.es/denuncia-honorarios-icam.pdf

http://www.miguelgallardo.es/juzgado-directivos-icam.pdf




Considerando esos antecedentes, antes de presentar denuncia ante el Tribunal de Cuentas para enjuiciamiento contable y reintegro por alcance solicitamos a la Fiscalía que abra diligencias y requiera, al menos, los mismos datos que el ICAM se niega a dar y, en todo caso, que la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita y la autonómica de la Comunidad de Madrid, que en este año administran más de 90 millones de euros para Justicia Gratuita, detallen desglosando cada pago con fondos públicos para el beneficio de abogados del turno de oficio del ICAM. La aritmética contable que planteamos para el enjuiciamiento contable es clara, sencilla y oportuna pues se centra en la diferencia entre lo que los abogados del ICAM reciben y lo que la Administración gasta porque los gastos de gestión deberían ser mínimos, y el resto debe ser fiscalizado y cualquier desvío de caudales objeto de reintegro por alcance o materia penal.

 

La asociación APEDANICA y personalmente su presidente Miguel Ángel Gallardo Ortiz, están agotando todas las instancias administrativas quejándose ante el Defensor del Pueblo para que se investigue un caso en el que 2 abogados de oficio están ejecutando sus propios honorarios abusando del privilegio de la jura de cuentas sin cosa juzgada ejecutando en un juzgado de  como puede verse, entre otros, en los documentos publicados en Internet:

http://www.miguelgallardo.es/jg-documentos-frutos-icam.pdf

http://www.miguelgallardo.es/defensor-cnmc-conflictos.pdf

http://www.miguelgallardo.es/concepcio-ferrer-casals.pdf

http://www.miguelgallardo.es/queja-ccacm.pdf

http://www.miguelgallardo.es/queja-sj-laj.pdf

http://www.miguelgallardo.es/queja-aeat.pdf

http://www.cita.es/defensor-justicia-gratuita.pdf

haciendo referencia a otros dirigidos a organismos públicos como, entre muchos más, a

http://www.miguelgallardo.es/aeat-cgpj.pdf

http://www.miguelgallardo.es/diaz-corral.pdf

http://www.miguelgallardo.es/hacienda-icam.pdf

http://www.miguelgallardo.es/denuncia-penal-hacienda.pdf

http://www.cita.es/icam-errores.pdf

http://www.cita.es/angel-garrido.pdf

http://www.cita.es/pedro-lescure-ae.pdf

http://www.cita.es/competition-icam.pdf

http://www.cita.es/competencia-icam.pdf

http://www.miguelgallardo.es/javier-iscar-icam.pdf

http://www.miguelgallardo.es/carmen-lillo-alvarez.pdf

http://www.cita.es/rosario-rey-garcia-justicia-gratuita.pdf

http://www.miguelgallardo.es/competencia-icam-cnmc.pdf

http://www.cita.es/fiscal-audiencia-nacional-icam.pdf

 

De todos los complejos expedientes de las comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita tanto central como autonómica, Defensor del Pueblo, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia y Servicio de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid,  Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT del Ministerio de Hacienda y distintas instancias del Ministerio de Justicia hemos llegado a las siguientes conclusiones:

1ª No existe control contable alguno ni están fiscalizados los pagos con fondos públicos a letrados del turno de oficio del ICAM. Nadie parece ser capaz de desglosar, ni siquiera con una razonable aproximación, cuánto se destina de los más de 90 millones de euros anuales de fondos públicos al pago de honorarios profesionales, porque la diferencia entre lo que el Estado paga y lo que los letrados reciben parece estar siendo desviada en el ICAM a fines que nada tienen que ver con la defensa de quienes merecen Justicia ¿Gratuita?

 

2ª Existen abundantes indicios de irregularidades con muy graves consecuencias en los casos en los que los abogados de oficio cobran sus honorarios por existir condena en costas (no hay ni un solo caso publicado o referenciado de devolución de lo que los fondos públicos) y también cuando se concede la Justicia ¿Gratuita? a un abogado para defenderse a sí mismo, o bien, cuando un abogado que no ha sido designado por el turno de oficio renuncia a sus honorarios de manera que lo que no se devuelve, o lo que no se destina a abogados designados por el turno de oficio, puede ser objeto de reintegro por alcance o, incluso, de presunta malversación de caudales públicos.

 

3ª En los casos en los que quienes son defendidos por letrados del turno de oficio del ICAM ganan los juicios con condena en costas del contrario el responsable de honorarios es capaz de, presuntamente, prevaricar para que los honorarios de los letrados de oficio superen en más de 3 veces lo tasado en costas en el principal, todo ello sin ninguna factura, ingresando cantidades en algunos casos muy importantes sin declararlas fiscalmente en modo alguno, y sin que conste en ningún registro accesible ni se conteste a los reiterados requerimientos formales sobre la devolución de lo cobrado de fondos públicos en los casos en los que ya han recibido ingresos privados forzosos por el privilegiado procedimiento (cuestionado en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) de la Jura de Cuentas.

 

4ª La Agencia Tributaria no actúa para que los letrados emitan las facturas por los honorarios que reclaman ni siquiera cuando insistentemente un ejecutado por el Juzgado reclama la factura de lo que se ha tasado desproporcionadamente para beneficio y lucro de dos letrados del turno de oficio, concretamente los letrados Juan Enrique de Frutos Arribas y Ana Caparroz Alonso como conocen perfectamente tanto en el ICAM Francisco Fernández Ortega y Pedro Lescure Ceñal como en la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita Beatriz Álvarez Herranz y Jehiel Navajas Ovejano.

 

La asociación APEDANICA y, en su nombre, su presidente personalmente como afectado por el abuso de privilegios de abogados del turno de oficio del ICAM, como mejor proceda solicitan una audiencia al fiscal competente en el Tribunal de Cuentas para que, sin perjuicio de cualquier otra diligencia que consideren oportuno practicar, requieran todos los datos contables relevantes sobre los fondos públicos que recibe el ICAM y sobre los ingresos por requerimientos judiciales de tasaciones de honorarios indebidamente cobrados así como por irregularidades en los casos en los que o no se paga al letrado del turno de oficio por renuncia de honorarios o defensa propia del abogado con justicia gratuita, y también cuando los letrados del turno de oficio cobran sus honorarios por costas de contrario o ejecución judicial de su Jura de Cuentas, sin emitir factura alguna. Tal cúmulo de indicios merecen un riguroso enjuiciamiento contable que instamos a la Fiscalía a que inicie practicando, entre otras, las siguientes diligencias que respetuosamente proponemos así:

1ª Requerimiento a la Comunidad de Madrid de todos los pagos realizados al ICAM.

 

2ª Requerimiento al Ministerio de Justicia de todos los pagos realizados al Consejo General de la Abogacía Española CGAE y de ellos, los destinados al ICAM

 

3ª Requerimiento al ICAM de todos los pagos realizados a letrados del turno de oficio y destino de la diferencia entre los ingresos de fondos públicos y esas cuantías, es decir, detallando gastos de gestión y otros fines distintos al pago de servicios.

 

4ª Requerimiento al ICAM de todos los ingresos y los pagos a sus empleados por tasaciones de honorarios para juzgados y tribunales, considerando que los ingresos del ICAM son ilícitos por sentencia del Tribunal Supremo y debieran ser devueltos a quienes pagaron por esas tasaciones que el ICAM hubiera debido practicar de oficio y sin coste alguno ni para los colegiados ni para nadie. Además de los ingresos por tasaciones del ICAM afectan a muchas instituciones públicas, desde la Abogacía del Estado hasta los más pequeños ayuntamientos. De hecho, la contabilidad de las costas procesales de los organismos públicos debiera ser bien fiscalizada, y en todo caso, los ingresos y los pagos a los empleados del ICAM por tasaciones con el máximo rigor, más aún si las partes son instituciones públicas como si se litiga, como tuvo que hacer el aquí denunciante, con el ¿beneficio? de Justicia ¿Gratuita?

 

y 5ª Requerimiento a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid de todas las devoluciones de los fondos públicos en los casos en los que los letrados del turno de oficio han cobrado de costas o Juras de Cuentas, y también de los casos en los que el ICAM no designe abogado porque el mismo abogado es  ¿beneficiario? de Justicia ¿Gratuita? o bien cuando un abogado renuncie a honorarios y no sea necesario abogado designado por el  turno de oficio del ICAM.

 

Considerando también que “la Fiscalía del Tribunal de Cuentas ejerce la acción de responsabilidad contable, cuando resulta procedente, en los procedimientos jurisdiccionales tramitados por el Tribunal de Cuentas” y los indicios racionales de alcance señalados en esta denuncia, solicitamos que se tenga por presentada, se nos dé pronto acuse de recibo, se nos reciba en audiencia y se nos informe de diligencias preprocesales o para enjuiciamiento contable, instando reintegros por alcance y fiscalización rigurosa del Iltre. Colegio de Abogados de Madrid ICAM especialmente por cuanto recibe de fondos públicos del Ministerio de Justicia, Consejo General de la Abogacía Española CGAE y Comunidad de Madrid, iniciando las acciones que impidan cualquier posible prescripción de su responsabilidad, por ser de hacer Justicia que solicitamos en la fecha de la firma digital de este documento publicado en Internet www.miguelgallardo.es/fiscal-tribunal-de-cuentas-icam.pdf

 

Dr. (Ph.D.) Miguel Ángel Gallardo Ortiz, diplomado en Altos Estudios Internacionales por la SEI, ingeniero, criminólogo, licenciado y doctor en Filosofía, perito en informática criminalística y criptología forense, presidente de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (APEDANICA) Tel. (+34) 902998352

Fax: 902998379 Twitter @APEDANICA E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

http://www.miguelgallardo.es/fiscal-tribunal-de-cuentas-icam.pdf

http://www.cita.es/defensor-fiscal-tribunal-de-cuentas-icam.pdf

http://www.cita.es/fiscal-tribunal-de-cuentas-icam-enviado.pdf

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