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Denuncian convenios de César Acuña en Perú y sus encubrimientos, desde APEDANICA en Madrid

Información
05 Agosto 2025 Corresponsal_Madrid Correo electrónico Imprimir

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Gmail Miguel Gallardo <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.;
DENUNCIA por CONVENIOS de varios Ministerios con gobernador César Acuña Peralta en ANEXO https://cita.es/cesar-acuna-convenios-premier-firmado.pdf
apedanica ong <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; 4 de agosto de 2025, 14:50

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ANEXO DENUNCIA CON FIRMA DIGITAL EN PÁG. 6 

https://cita.es/cesar-acuna-convenios-premier-firmado.pdf 

SOLICITANDO PRONTO ACUSE DE RECIBO DEL ANEXO

 

@miguelgallardo Dr. (PhDIng. Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

https://cita.es/cesar-acuna-convenios-premier-firmado.pdf 

Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerios de Interior MININTER, Transporte MTC y del Ambiente MINAM así como para Fiscalía, Procuraduría, Contraloría, SUNAT e Indecopi 

DENUNCIA publicada en https://www.miguelgallardo.es/cesar-acuna-convenios-premier.pdf 

 

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz PhD, criminólogo y doctor en ÉTICA,  diplomado en Altos Estudios Internacionalesmiembro de IAENG, también en representación de APEDANICA - Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas, E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Teléfono (+34) 902998352 domicilio en la calle Fernando Poo, 16 Piso 6ºB E-28045 en Madrid, España, al amparo de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Art. 5 y 13), Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado (Art. 9) y por el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM (Reglamento de la Ley 27806) que establece plazos máximos de 10 días hábiles para atender solicitudes, así como por la Constitución Política del Perú (Art. 2.5), y por los principios de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada en Nueva York el 31 de octubre de 2003 y aprobada en el Perú mediante Resolución Legislativa N° 28623 que la incorpora al ordenamiento jurídico peuano, y cuyo texto íntegro está publicado enhttps://cita.es/naciones-unidas-corrupcion.pdf por el que denunciamos alcance internacional, como mejor proceda se SOLICITA:

 

1º Copia íntegra de todos los convenios firmados por el actual gobernador de la Región de La Libertad, César Acuña Peralta, con el Gobierno de la Nación o con las entidades de derecho público que dependan de alguno de sus ministerios.

 

2º Copia íntegra de todos los convenios firmados por entidades de derecho público que dependan del Gobierno de la Nación con la Universidad César Vallejo UCV.

 

Aunque la Ley N° 27806 no requiere ninguna motivación ni requisito previo para ejercer este derecho de transparencia, en aras de la eficacia también ponemos en conocimiento de las autoridades, que es bien conocido que el actual gobernador ha firmado numerosos convenios con ministros, al menos todos estos

 

1 Ministerio del Interior (MININTER) Convenio específico firmado el 15/03/2025 en Palacio de Gobierno Dotación de patrulleros, motocicletas y cámaras para seguridad ciudadana regional S/ 83 millones en equipamiento (140 patrulleros, 120 motos) “Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional…” (firma de Acuña); Ejército PDF oficial Región La Libertad

2 Ministerio del Ambiente (MINAM) 18/09/2024; firmado en Palacio de Gobierno con presencia de Dina Boluarte Zonificación ecológica, ordenamiento territorial y manejo de zonas marino‑costeras Estudio y capacitación: S/ 8 millone Nota oficial GORE‑MINAM indica nombre de autoridades y objetivo del convenio (firma de Acuña) Región La Libertad

3 Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) 2022, Consejo de Estado Regional; Palacio de Gobierno Cobertura satelital, fibra óptica y telecomunicaciones para zonas rurales y urbanas en La Libertad por S/ 120 millones (MTC: S/ 80 M + GORELL: S/ 40 M) “GORE y MTC firman convenio para mejorar la conectividad…”, con mención explícita a Acuña  Región La Libertad

4 Serpost (Servicios Postales del Perú) Julio 2024; sede Serpost Lima Ampliación de servicios logísticos y disminución de tiempos de delivery en la región No se indica monto; convenio marco de cooperación Nota oficial Serpost y firma de representantes del GORE (incluye la firma de Acuña) y puede verse publicado en 

https://cita.es/cesar-acuna-convenio-serpost.pdf 

 

Hemos elaborado un informe sobre Convenios Suscritos por César Acuña como Gobernador Regional de La Libertad (2023–2025) cada uno contrastado con fuentes oficiales verificables, para facilitar revisiones éticas y legales publicado en https://chatgpt.com/s/t_688f4beafdf08191b789150d5ff427da 

 

Los conflictos de intereses del gobernador de La Libertad, dueño de varios negocios relacionados con la Universidad César Vallejo UCV como la empresa mercantil “UCV Internacional Madrid” son tan obvios, notorios y tan descarados, que todo convenio que firme, o del que sea responsable o beneficiado César Acuña Peralta o cualquiera de sus múltiples negocios, o su partido político Alianza Para el Progreso APP, debe ser preservado cuidadosamente, analizado críticamente y fiscalizado en todos sus posibles riesgos para el Estado, y para terceros. La Procuraduría debería sistematizar la recopilación de todos los convenios en los que intervengan entidades de derecho público que puedan beneficiar directa o indirectamente a quien los firma, los promueve, o es responsable o el principal beneficiado del convenio. Como muestra de análisis crítico de reciente y publicitado convenio firmado el 15.7.2025 por el gobernador César Acuña Peralta con el representante de la INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU, ofrecemos el informe que está publicado en https://chatgpt.com/s/t_68907fe71cf081918a632c7ccc295f87 

 

La Procuraduría conoce las denuncias, desde hace un año (la primera se registró el 4.8.2024) contra los convenios de la Universidad César Vallejo UCV que se adjuntan,  incluyendo especialmente la opacidad encubridora del muy sospechoso convenio de la UCV con RENIEC,  y apoya que se investiguen por la Fiscalía, según pide YUDITH VILLEGAS ESPINOZA, Procuradora Pública Adjunta Especializada en Delitos de Corrupción https://cita.es/ucv-convenios-procuraduria.pdf 

 

Sin embargo, debería ser la misma Procuraduría la que promoviera la recopilación de todos los convenios que afecten al Estado, evidenciando todo agravio para el Estado, y pero no lo hace. La visión de conjunto de todos los convenios firmados por César Acuña Peralta en cargos públicos, y los de su Universidad César Vallejo UCV con funcionarios públicos que representen a instituciones públicas, más aún, porque existen convenios firmados por César Acuña como Gobernador regional de La Libertad que involucran directamente a su propia Universidad César Vallejo UCV según informe en https://chatgpt.com/s/t_68906d078d40819198b6d6118b91f716 

PETITUM: Por lo expuesto, como mejor proceda, se SOLICITA:

 

1º Que se tenga por presentada esta DENUNCIA CON EXPRESA SOLICITUD DE TRANSPARENCIA PARA TODOS LOS CONVENIOS DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, SUS MINISTERIOS, Y SUS ENTIDADES DEPENDIENTES, CON CÉSAR ACUÑA PERALTA, O DE LOS QUE SEA RESPONSABLE O BENEFICIADO CÉSAR ACUÑA PERALTA, TANTO DIRECTAMENTE, COMO POR MEDIO DE SUS NEGOCIOS PERSONALES, PARTICULARES O PRIVADOS.

OTROSÍ DIGO PRIMERO: Que, en aplicación directa de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública , y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, se solicita la entrega inmediata y en copia íntegra de los convenios específicos y marcos suscritos por César Acuña Peralta o entidades bajo su control, como la Universidad César Vallejo (UCV), con los siguientes organismos del Estado:

  • a) El Ministerio del Interior (MININTER), referente a la dotación de equipamiento para seguridad ciudadana por S/ 83 millones.
  • b) El Ministerio del Ambiente (MINAM), sobre zonificación ecológica y ordenamiento territorial por S/ 8 millones.
  • c) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para la mejora de la conectividad por S/ 120 millones.
  • d) Servicios Postales del Perú (Serpost S.A.) para la ampliación de servicios logísticos exclusivamente en la Región de la Libertad.
  • e) El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC) por la gravedad de todo cuanto se adjunta.
  • f) La Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.
  • Y CUALQUIER OTRO CONVENIO QUE SEA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN Y ENTIDADES DEPENDIENTES QUE HAYAN FIRMADO UN CONVENIO CON CÉSAR ACUÑA PERALTA O CON SUS NEGOCIOS COMO LA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO UCV, y muy especialmente por cuanto tenga relación con “UCV Internacional Madrid” ya que tenemos la fundada sospecha de que la Embajada del Perú en Madrid y el actual embajador Luis Ibérico Núñez, están sirviendo al plan de negocio de la empresa mercantil española de la que es propietario y administrador, entendemos que ilegalmente por incompatibilidad y conflicto de intereses, el actual gobernador de la Región de la Libertad, César Acuña Peralta.

OTROSÍ DIGO SEGUNDO: Que, dada la obvia dimensión transnacional de los hechos denunciados, que involucran operaciones societarias en España (UCV Internacional Madrid SL) y Estados Unidos (Cesar Vallejo College), y las propias declaraciones de César Acuña Peralta sobre una investigación por lavado de activos en EE.UU. citadas en documentos adjuntos, se exhorta a la Fiscalía de la Nación, en aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC) publicada íntegra en https://cita.es/naciones-unidas-corrupcion.pdf y la Ley N° 30077 contra el Crimen Organizado, a activar los mecanismos al alcance de las autoridades destinatarias de esta denuncia. Insistimos en que los hechos denunciados no solo constituyen presuntos delitos tipificados en el Código Penal peruano, sino que también representan una vulneración sistemática y flagrante de los principios y artículos de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), tratado internacional ratificado por el Estado peruano y, por tanto, de cumplimiento obligatorio. A continuación, se detallan los artículos específicos de la UNCAC que se habrían violado:

  1. Violación del Artículo 7 (Sector Público) y Artículo 8 (Códigos de conducta para funcionarios públicos) - Conflictos de Intereses y Dádivas:
    • Hechos: La Universidad César Vallejo (UCV), controlada por César Acuña Peralta, ha suscrito múltiples convenios que otorgan beneficios económicos y académicos ("Categoría Especial", descuentos, becas) a funcionarios públicos de la Fiscalía de la Nación, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANC-MP), el Poder Judicial, la Policía Nacional del Perú (PNP) y otras entidades, así como a sus familiares directos. De particular gravedad es el convenio firmado con la ANC-MP, el órgano encargado de fiscalizar y sancionar a los fiscales, y la contratación como docente de la UCV de la entonces Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores de La Libertad, Lea Guayán Huaccha, desde el año 2005.
    • Violación de la UNCAC: Estos actos contravienen directamente el Artículo 7, párrafo 4, que obliga a los Estados a procurar "adoptar sistemas destinados a promover la transparencia y a prevenir conflictos de intereses". Asimismo, vulneran el
      Artículo 8, párrafo 5, que exige "establecer medidas y sistemas para exigir a los funcionarios públicos que hagan declaraciones (...) sobre (...) regalos o beneficios importantes que puedan dar lugar a un conflicto de intereses". La aceptación de estas dádivas por parte de los funcionarios compromete su independencia e imparcialidad, generando una apariencia de "captura institucional".
  2. Violación del Artículo 15 (Soborno de funcionarios públicos nacionales) y Artículo 18 (Tráfico de Influencias):
    • Hechos: La concesión de beneficios sistemáticos a funcionarios encargados de administrar justicia y fiscalizar la legalidad (fiscales, jueces, policías) sugiere un intento de influir en sus decisiones o, como mínimo, de asegurar un trato favorable o leniente en las más de 100 investigaciones que César Acuña ha enfrentado. La estrategia de "convenios como cancha" parece diseñada para crear una red de obligaciones y lealtades que garantice la impunidad.
    • Violación de la UNCAC: El Artículo 15 tipifica como delito "La promesa, el ofrecimiento o la concesión a un funcionario público (...) de un beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona (...) con el fin de que dicho funcionario actúe o se abstenga de actuar en el cumplimiento de sus funciones oficiales". El ofrecimiento de beneficios a través de convenios a los mismos funcionarios que deben investigarlo encaja en esta descripción. A su vez, el
      Artículo 18 sanciona el tráfico de influencias, que se materializa al usar una posición de poder económico y político para obtener decisiones favorables de autoridades públicas.
  3. Violación del Artículo 11 (Medidas relativas al poder judicial y al ministerio público) y los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial:
    • Hechos: Los convenios firmados directamente con la Fiscalía de la Nación y su órgano de control (ANC-MP) representan un ataque directo a la autonomía de estas instituciones. Al crear una dependencia económica y académica, se socava la capacidad de estas entidades para actuar con la objetividad e independencia requeridas en la persecución del delito y la supervisión de la conducta fiscal.
    • Violación de la UNCAC y Principios Éticos: El Artículo 11 de la UNCAC exige a los Estados reforzar la integridad y "evitar toda oportunidad de corrupción entre los miembros del (...) ministerio público". Estos convenios crean, precisamente, una clara oportunidad de corrupción. Además, se vulneran de manera flagrante los
      Principios de Bangalore , especialmente los de
      Independencia (Principio 1), Imparcialidad (Principio 2) e Integridad (Principio 3), al generar una apariencia de favoritismo y una conducta impropia que erosiona la confianza pública en la justicia.
  4. Violación del Artículo 10 (Información pública) y Artículo 13 (Participación de la sociedad):
    • Hechos: Existe una notoria opacidad en torno a los convenios firmados por la UCV. Muchos de ellos no son públicos y se ha dificultado el acceso a su contenido íntegro, a pesar de las reiteradas solicitudes amparadas en la Ley de Transparencia. La UCV publicita convenios que presuntamente son falsos o inexistentes, como el caso de la Universidad Rey Juan Carlos de España, induciendo a error al público y a los estudiantes.
    • Violación de la UNCAC: El Artículo 10 mandata a los Estados a adoptar "las medidas necesarias para aumentar la transparencia en su administración pública". La negativa a entregar información y la publicidad engañosa contravienen este principio. Igualmente, el
      Artículo 13 subraya la importancia de "garantizar a la población un acceso eficaz a la información" como mecanismo para la participación de la sociedad en la lucha contra la corrupción.
  5. Violación de Artículos sobre Cooperación Internacional (Capítulo IV de la UNCAC):
    • Hechos: Los negocios de César Acuña Peralta tienen una dimensión transnacional, con operaciones societarias en España (UCV Internacional Madrid SL) y Estados Unidos (Cesar Vallejo College) , y con el propio reconocimiento de Acuña de estar siendo investigado por lavado de activos en EE.UU..
    • Violación de la UNCAC: La Fiscalía de la Nación tiene la obligación, bajo el Capítulo IV de la UNCAC, de activar los mecanismos de asistencia judicial recíproca y cooperación internacional para investigar delitos como el blanqueo de capitales y el cohecho transnacional. La inacción en este campo, especialmente tras la solicitud de cooperación con Argentina y Francia en el CASO SGF 17-2018, agrava la presunta comisión del delito de Omisión de Actos Funcionales (Art. 377 del Código Penal).

Todos los anteriores hechos entendemos que sirven para fundamentar jurídicamente esta denuncia, pero las autoridades deben ir más mucho más más allá, por aplicación de los principios “da mihi factum dabo tibi ius” y “IURA NOVIT CURIA” que aquí se invocan expresamente.

OTROSÍ DIGO TERCERO: Que, en virtud del derecho del denunciante a una tutela administrativa y judicial efectiva, y en aras de la eficacia del presente procedimiento, se solicita expresamente, con base en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que todas las resoluciones, providencias y actuaciones que se emitan sean notificadas de manera inmediata al correo electrónico proporcionado y que se garantice el acceso pleno y oportuno a la totalidad de los expedientes que se conformen, incorporando y trasladando a todas las autoridades competentes toda la documentación adjunta.

Por ser Justicia que video desde la asociación APEDANICA en Madrid, España, en la fecha de esta firma digital.

 

@miguelgallardo Dr. (PhDIng. Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

https://cita.es/ucv-concytec-transparencia-firmado.pdf 

Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación  CONCYTEC

Atn. Sixto Enrique Sánchez Calderón presidente y Franklin Blas Choque Cuenca en Asesoría Jurídica

con copia para Fiscalía, Procuraduría, Contraloría, SUNEDU e Indecopi Solicitud publicada en https://www.miguelgallardo.es/ucv-concytec-transparencia.pdf 

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